Estructuración de programas técnico-laborales (ETDH)
Diseñamos, registramos y renovamos tus programas de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano conforme al Decreto 923 de 2024.
Agenda una asesoría¿Sabías que…?
Según el Decreto 923 de 2024, todo programa de formación laboral debe tener una duración mínima de 600 horas, de las cuales al menos el 50% debe ser formación práctica — tanto en la metodología presencial como en la modalidad a distancia.
Fuente: Decreto 923 de 2024Qué incluye
Programas bien estructurados, listos para registrar
Diseño curricular por competencias
Estructuramos el plan de estudios con base en las normas de competencia laboral vigentes.
Registro y renovación de programas
Trámites de registro ante la Secretaría de Educación correspondiente.
Verificación de horas y componente práctico
Aseguramos que el programa cumpla la duración mínima y el porcentaje de práctica exigido.
Denominación conforme a la CUOC
Ajustamos el nombre del programa según la Clasificación Única de Ocupaciones para Colombia.
Programas presenciales y a distancia
Trabajamos ambas metodologías, cada una con sus requisitos específicos.
Acompañamiento en modificaciones
Actualización de programas ya registrados frente a cambios normativos.
¿Es para ti?
Este servicio te sirve si…
Eres una institución ETDH nueva
Necesitas registrar tu primer programa técnico-laboral.
Tienes programas próximos a vencer
Necesitas renovarlos antes de que pierdan su registro.
Quieres ampliar tu oferta
Vas a estructurar nuevos programas técnico-laborales.
Ofreces formación a distancia
Necesitas cumplir los requisitos específicos de esa modalidad.
Preguntas frecuentes
Resolvemos tus dudas
¿Cuántas horas debe tener un programa de formación laboral?
Según el Decreto 923 de 2024, la duración mínima es de 600 horas, de las cuales al menos el 50% debe corresponder a formación práctica.
¿El requisito de formación práctica aplica igual para programas presenciales y a distancia?
Sí, el mínimo de 50% de formación práctica aplica tanto para la metodología presencial como para la modalidad a distancia.
¿Cómo se define el nombre del programa?
Debe corresponder con las denominaciones ocupacionales de los niveles de competencia 1 o 2 de la Clasificación Única de Ocupaciones para Colombia (CUOC), o con la estructura de cualificaciones correspondiente.
¿Qué pasa si mi programa ya está registrado pero quiero modificarlo?
Te acompañamos en el trámite de actualización ante la Secretaría de Educación, ajustando el programa a la normatividad vigente.
¿Listo para estructurar tu programa?
Cuéntanos qué programa técnico-laboral tienes en mente y te decimos exactamente qué necesita.